El 20 de octubre del 2.004 se produce un cambio de gobierno en
Torredembarra,
lógicamente las cuestiones pendientes se encuentran sobre la mesa y se han de tomar decisiones, y entre ellas tenemos una muy compleja que requiere una solución inmediata.
Consecuencia de la recusación por parte de la empresa Edil Marina del
Arquitecto municipal (entonces solo
había uno), la licencia de obras correspondiente al edificio que se encuentra en la calle
President Companys, casi enfrente del
CAP, tiene que ser tramitada por el
Consell Comarcal.
Consecuencia de los datos de la petición de la licencia y del desconocimiento del terreno por parte de los
técnicos del
Consell Comarcal, esa licencia se obtiene con un error de alineamiento de la finca, lo que incluso actualmente se puede observar de la construcción.
Cuando los
técnicos municipales se dan cuenta de la situación de la edificación, es cuando el Ayuntamiento toma la decisión de paralizar la obra.
Tras una serie de triquiñuelas legales (se termina notificando la paralización a
través del
Boletín Oficial de la provincia de
Madrid), se consigue parar la edificación.
La empresa promotora presenta un
contencioso administrativo que la sentencia es muy clara, el edificio esta mal alineado, pero para evitar un coste a las arcas municipales y teniendo en cuenta que no se perjudica a terceros, debe quedar como esta. Pero la empresa en cuestión reclama una indemnización
de 3.000.000 de euros por las perdidas
teóricas que ha sufrido.
La sentencia dictada en primera instancia sobre la reclamación de los tres millones de euros, la deja en unos 380.000
apoximadamente, y actualmente se va a recurrir.
Primero, la licencia es solicitada y concedida cuando el alcalde es el
Sr. Lecha, y el equipo de gobierno esta formado por
CIU,
PP,
VUT,
GIT y
ADC.
Segundo, con esta empresa se producen más incidentes como en el edificio que se encuentra tras pasar el puente de Clara, y con el del
restaurante Cal
Noi del Barrio
Marítimo.
Tercero, en una situación similar con otra empresa promotora/constructora, se para la obra, se llega a un acuerdo se modifica el edificio y la indemnización no supera los 50.000 euros.