lunes, 26 de enero de 2009

OBRA PUBLICA

El Fondo Estatal de Inversión Local que el Real Decreto Ley 9/2008 de 28 de noviembre contempla para Torredembarra, la cantidad de 2.500.000 €, cantidad que debe ser destinada a obra publica, obra publica que en el propio decreto viene detallada.
Se puede optar por una o varias obras sin sobrepasar el importe, y con la condición de que deben de estar terminadas el 31 de diciembre del 2.009 (con una prorroga excepcional de tres meses), en caso contrario se perderá la subvención, teniendo en cuenta estas condiciones, la inmensa mayoría de ayuntamientos que han optado a la subvención, se han decantado por presentar proyectos de obras que ascienden a cantidades pequeñas o medianas, antes que grandes obras, aun en el caso de necesitar de infraestructuras importantes para su población. Motivo, el problema que plantean las grandes obras tanto por su ejecución como por el procedimiento administrativo que se ha de seguir para poder realizarlas.
El caso de Torredembarra es la opción de una gran obra, la construcción de un aparcamiento subterráneo en la calle Filadors, nada que objetar a la necesidad de disponer de un aparcamiento publico (gratuito?, lo paga el Estado), pero seremos capaces de terminar la obra en la fecha tope marcada por el Estado?. El calendario del proceso administrativo no admite ningún error o contratiempo, según el equipo de gobierno es posible cumplir el plazo.
De momento viendo el proyecto provisional no se ha realizado ningún estudio geológico, por tanto en caso de que se encuentra roca en el subsuelo, ya tenemos un problema sobre la mesa, es cierto que hasta el inicio de la obra se puede realizar el estudio, pero, si como se contempla en el indicado proyecto provisional la duración de la obra se estima en nueve meses, cuanto retrasará la obra el que se encuentre roca?, esperemos que no mucho.
A mi entender, la medida del gobierno de la nación con este fondo, es el de recortar el índice de paro que estamos padeciendo, y para ello que mejor que potenciar la obra publica, ocupa mucha mano de obra y compensa la caída en la construcción del ámbito privado. La inmensa mayoría de municipios han optado por pequeñas obras, resultado: empresas de ámbito local con trabajo para muchos meses, con la obligación de contratar personal del INEM para su ejecución, reparar aceras, cambio de iluminado público, restauración de mobiliario público, replantación de arboles, colocación de semáforos, mejora del entorno en espacios públicos, aplicación de energías alternativas en los edificios municipales, pasos de peatones, etc., una serie de actuaciones de pequeño calado pero importantes para la ciudadania.
Siendo en nuestro caso un proyecto de gran envergadura se decidirá en concurso público, y quien lo gane puede ser una empresa foránea, que contratará en su lugar de origen y que no aportará unos ingresos a los parados de Torredembarra.
Por tanto, partiendo de la necesidad de esta obra, calculando los riesgos de incumplimiento de plazos de su construcción y la consiguiente perdida de la subvención, yo hubiera apostado por la opción de más obras de menor importe, veremos que pasa en el futuro y esperemos no tener que arrepentirnos de haber optado por el aparcamiento.

LO LEGAL O LO ETICO

He de reconocer que el mundo de la política municipal no deja de sorprenderme, sobre todo por las justificaciones que algunos/as exponen a la opinión pública para hacerle creer que han actuado de forma correcta y que la culpa (siempre hay un culpable) es de los otros.
El Som-hi del mes de septiembre contiene un escrito de la Regidora no adscrita en el que se pueden leer los ejemplos antes citados. En el pasado pleno ordinario, el Regidor Ramon Ripoll, manifestó que el actual gobierno municipal estaba gobernando con el 20% de la voluntad socialista y responde esta regidora que ROTUNDAMENTE NO, acompañando su razonamiento con diversas interpretaciones de los Tribunales de Justicia.
Una cosa es la Justicia, y otra muy distinta la calle, que es donde se nos juzga a los políticos por las actuaciones que hacemos o dejamos de hacer, es cierto que la Justicia ha dejado muy claro que una vez efectuadas las elecciones, las actas conseguidas son personales, ningún problema, mientras el sistema sea de listas cerradas esa interpretación es a la que debemos someternos, pero esta la calle, que juzga bajo otros parámetros, mucho más simples o primarios.
Resulta incuestionable que la actual regidora no adscrita aparecía en el puesto cinco de la lista del PSC en las elecciones municipales al Ayuntamiento de Torredembarra (de 5 regidores, el 20% es 1 regidor), así como también resulta incuestionable que fue elegida y consiguió su acta por estar en esta lista. Posteriormente también es incuestionable que en el pleno del mes de junio, voto en contra de las propuestas del partido por el que había sido elegida, y que en el de agosto, voto a favor del alcaldable que presentaba un partido por el que ella no había sido elegida como era CIU. Hasta este punto no se hacen ni valoraciones ni hipótesis, simplemente transcribo lo que sucedió y que es facilmente demostrable, para que me entienda en la jerga jurídica “pruebas documentales”.
Como bien dice en un Estado social, democrático y de derecho no debemos estar al capricho del autoritarismo, la arbitrariedad, la prepotencia y el capricho personal, es cierto, pero las acusaciones hay que demostrarlas y puestos a tratar el tema no es su caso, y lo sabe perfectamente, no se puede pretender al amparo de la formación profesional (presume de dos carreras) que se le den la responsabilidad de una regiduria que por acuerdo entre partidos la ostenta una regidora de ERC, ni se puede alegar discriminación por sexo el que no se le de una tenencia de alcaldía, no olvide que estaba en el quinto puesto de la lista del PSC.
No es de recibo que en un Ayuntamiento que los regidores (a excepción del Alcalde) tan solo perciben una remuneración por asistencia, se exija un sueldo de 18.000 € mensuales por ser esa la cantidad que necesita para mantener su ritmo de vida (palabras textuales de la regidora, ante testigos) o que se le instalen mecanismos para poder trabajar por vídeo conferencia con su regiduria ya que no puede venir al Ayuntamiento, caprichos o lujos como Ud. prefiera.
La parte final de su escrito es un claro ejemplo de su forma de ver la vida, se cree que con alegatos de este tipo engañara a la gente corriente, a nosotros nos engaño en un principio y lo hemos pagado, de momento se encuentra en un gobierno veremos que le depara el futuro. Por cierto las palabras de la Pasionaria quedan muy falsas en su escrito.
El juicio de la calle es demoledor Sra. Pradeda, exceptuando a aquellos a los que ha permitido gobernar (incluso alguno de ellos no encuentra bien su actuación) para el resto de la gente es una tránsfuga y no debe tener la conciencia muy tranquila cuando pidió custodia policial para ir al aparcamiento público el día de la votación o se desplaza en coche oficial por el pueblo por corto que sea el trayecto, Torredembarra es un pueblo muy pacifico y no corre ningún riesgo.
No puedo terminar sin tratar los últimos casos que se han producido, desde la aparición en la blogsfera de Torredembarra de un personaje auto definido como LA RABIA, que mira por donde si se profundiza en su personalidad resulta que aparece su nombre, algo que se ha apresurado a desmentir, i a manifestar su intención de presentar denuncia ante los Tribunales, ha pasado casi un mes de los hechos y todavía no hemos podido ver copia de denuncia alguna, a que espera Sra. Pradeda, o creé que se olvidan estas cosas, hasta el debate sobre una factura de una comida en un reputado restaurante de nuestra población que Ud. dice guardar como oro en paño, este es otro documento que me gustaría ver, pero lo peor de todo es lo que esta por venir, de momento solo es la oposición la que esta preocupada por sus actuaciones, pronto serán sus propios socios de gobierno quienes miren sus actuaciones con lupa, y sino al tiempo.