martes, 7 de junio de 2011

AGUA, PUNTO Y FINAL


Ya tenemos sentencia definitiva sobre el concurso del agua, no la comparto por varios motivos, pero la acato y extraigo varias conclusiones que me llaman la atención.
En cuanto a la sentencia en si, paso a transcribir los siguientes párrafos: "A su vez sobre este motivo de impugnación ya alegado en primera instancia (se refiere a la empresa demandante), las partes demandadas (Ayuntamiento y la empresa ganadora en el primer juicio) o bien nada dicen al respecto en su escrito de contestación a la demanda, conclusiones y oposición a la apelación... ". En pocas palabras el Ayuntamiento no se opuso al recurso de la empresa demandante.
En otro de los párrafos se puede leer: " En este extremo, ante el silencio total que han mostrado al respecto las partes demandadas (Ayuntamiento y empresa ganadora del primer juicio) en sus escritos de alegaciones en instancia y en esta alzada, la Sala no duda en hacer uso de la facultad prevista en el citado artº 405.2 de la LEC, a efectos de tener por probado dicho extremo y, en consecuencia, otorgarle.....". En pocas palabras el Ayuntamiento acepto de hecho el planteamiento de la demandante.
A mi entender, el Ayuntamiento se ha allanado a la demanda de la empresa que el Tribunal Superior de Justicia da por ganadora, al no haber presentado oposición a sus planteamientos, una clara dejación del derecho de oposición al recurso presentado.
Llegados a este punto no cabe más que esperar que se firme el contrato de la concesión del suministro de agua y alcantarillado, que representa un beneficio para Torredembarra, ya que no importa quien haya ganado el concurso, lo que importa es que la empresa ganadora debe cumplir los términos del concurso y ello representa una inversión de más de doce millones de euros durante los próximos años y el ingreso de unos 35.000€ cada mes a las arcas municipales, a la vez que a partir de ese momento, todas las averías de la conducción del agua o del alcantarillado, deben correr a cargo de la empresa ganadora.
En cuanto a las declaraciones del bien amado en el diario de Tarragona del día de ayer, no tienen desperdicio, en primer lugar miente, y no lo digo yo, lo dice la documentación existente en el Ayuntamiento, ya que manifiesta que el presento recurso al concurso como particular por ver anomalías en el pliego del concurso, el recurso que presento el ciudadano Sr. Daniel Masague en su día, lo fue contra la inclusión de servicio de alcantarillado en el pliego de condiciones, conclusión: Oportunismo político y memoria selectiva.
Vuelve a mentir cuando dice que hoy estaríamos en banca rota de haber firmado la concesión sin un aval, ya que de toda inversión hecha por quien gano el primer juicio, debería de hacerse cargo la ganadora definitiva, Sr. Masague ya se basta usted solo para arruinar al Ayuntamiento de Torredembarra.
Siguiendo con las declaraciones, no es nada ético por parte del bien amado manifestar en una entrevista en la prensa escrita, el nombre de ningún funcionario, y más hacerle responsable aun sabiendo que ello no es cierto, y para terminar, manifestar que ahora se tiene que hacer una auditoria (de que?, ) y recabar informes expertos para ver como debe iniciarse (si para firmar un contrato de alquiler, pasa de los técnicos), a que viene ahora retardar la firma de la concesión.
Lo que siempre he mantenido, al bien amado no le interesa que el tema del agua deje de ser un arrendamiento de servicios, aunque con ello se perjudique a Torredembarra.