jueves, 21 de octubre de 2010

MOCIONES DEL PSC AL PLENO

El grupo municipal del PSC de Torredembarra ha presentado al pleno ordinario de hoy, dos mociones con el fin de mejorar la administración municipal, promocionar la igualdad entre las distintas empresas que se relacionan comercialmente con el ayuntamiento, así como regular las retribuciones que perciben algunos trabajadores municipales.

La primera de ellas tiene como objeto la modificación de la RLT (Relación de Puestos de Trabajo) retornando las competencias al Secretario municipal, ya que transcurrido un año de la modificación presentada por el equipo de gobierno ha quedado demostrado que solo comporta descontrol, ineficacia administrativa y un vació en la dirección del ayuntamiento.

La segunda concierne a las bases de ejecución del presupuesto, que es la herramienta con la que se ejecutan los presupuestos, y contiene tres propuestas.

Primera.- Que los precios contradictorios así como las obras adicionales, sean aprobados por el pleno municipal.

Segunda.- Dejar sin efecto el anexo de productividad y suspender el pago de la misma mientras no se apruebe uno nuevo que explique y delimite como se han de ajustar y en que circunstancias, la productividad.

Tercero.- Establecer un registro de facturas, por fecha de presentación, y un plan de pagos mensual que respete el registro y la preferencia de pago de dichas facturas.

Como era de esperar el alcalde ha encajado de malas maneras las propuestas socialistas, y aparte de mil pegas ha caído en la descalificación, que si oportunistas, que si demagogos, etc. etc., con la guinda de que no queremos que los trabajadores cobren, que todos tienen compromisos y que no se puede rebajar el sueldo a nadie, y ahora mañana en su programa de radio nos pondrá a bajar de un burro, bien, lo hará y punto, cada uno muestra su forma de ser con los hechos.

martes, 19 de octubre de 2010

PLENO ORDINARIO DE OCTUBRE

Se ha convocado el Pleno Ordinario correspondiente al mes de octubre, con el siguiente orden del día:
1º.- Aprobación del acta de la sesión ordinaria de fecha 17 de junio.
Volvemos a tener un considerable retraso en la confección de las actas, no se cubren las bajas por maternidad, y se gasta el dinero en productividades inexplicables.
2º.- Dar a conocer al pleno los decretos de alcaldía y concejalias delegadas emitidos desde la última sesión plenaria (núm. 1758 al 1985).
3º.- Proposición de incoación de expediente para el nombramiento de Juez de Paz.
4º.- Proposición de aprobación inicial de la molificación puntual del PGOU para ajustar alineaciones en el cruce del Pº de Ronda calle Orenga.
5º.- Proposición de aprobación provisional de modificación del PGOU. Dotación de ascensores.
6º.- Propuesta de incoación de expediente para solicitar la concesión para la ocupación del dominio marítimo terrestre en la playa de Torredembarra para la instalación de chiringuitos.
7º.- Cuestiones sobrevenidas.
8º.- Ruegos y preguntas.

lunes, 18 de octubre de 2010

DECRETOS A MEDIDA

Dice el Diccionario de la Real Academia Española, sobre el Decreto, lo siguiente: "Decisión de un gobernante o de una autoridad...., sobre la materia o negocio en que tenga competencia".
Significa esto que el gobernante a través de un decreto puede hacer lo que le venga en gana, no, no significa esto, ya que el Decreto tiene un rango dentro de la estructura legal de la normativa de un país, y si lo aplicamos a nivel local, tiene por encima la normativa que desde el Estado se ha regulado a través de mecanismos parlamentarios.
Algún lector se preguntará a que viene esta entrada y sobre que pretendo escribir, vaya por delante que no pretendo cuestionar el cuerpo legal, tenemos lo que tenemos y decidimos tenerlo en su momento, y no es malo, simplemente que en muchas ocasiones se va degenerando y perdiendo el contenido de muchas de nuestras normas legales.
Si aceptamos como legal que una autoridad puede a través de decretos gobernar la parte de nuestra sociedad que le corresponde, también tenemos que aceptar que estos decretos deben de guardar una estrecha relación de subordinación con el resto de las normas.
Lo que no se puede por se ilegal, es usar el decreto de forma indiscriminada, ignorando normas de rango superior, ya sea para tomar decisiones buenas o malas, no es esa la cuestión, si cuando se inicia un expediente para cualquier tema, es necesario que este contenga antes de su finalización, el informe jurídico correspondiente, el informe económico y el técnico, es en razón de que cualquier decreto que genere dicho expediente, sea ajustado a Derecho.
Y esto, en el Ayuntamiento de Torredembarra, hace tiempo que se esta olvidando, y aunque no sea una cuestión que lleve a nadie a los tribunales vía penal (de momento), si puede tener consecuencias en la vía contencioso administrativa.